Bancario y financieras

Pedí un préstamo rápido o una tarjeta y me cobran un interés abusivo

Si el interés es notablemente superior al normal para ese tipo de operación, el préstamo es nulo por usura y solo devuelves el capital. Y aunque no lo sea, la cláusula cae si no te explicaron cómo funciona.

Lo que dice la ley

Cuándo hay usura y qué se recupera

La Ley de 1908 declara nulo el préstamo con interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado. Basta esa desproporción, sin probar apuro ni inexperiencia, y se compara la TAE del contrato con el tipo medio del Banco de España de su categoría en la fecha de la firma (sentencia de Pleno del Supremo de 4 de marzo de 2020). Declarada la nulidad, solo se debe el capital y la entidad devuelve el resto (art. 3).

En tarjetas revolving es usurario el interés que supera en más de seis puntos el tipo medio de las tarjetas (sentencia de Pleno de 15 de febrero de 2023). En préstamos personales el Supremo declaró usurario un 18,08 por ciento frente a un tipo medio del 8,3 (sentencia de 23 de junio de 2026), con los seis puntos como referencia orientativa.

Hay una segunda vía: el 30 de enero de 2025 el Pleno anuló por falta de transparencia la cláusula de interés de una tarjeta al 21,84 por ciento, no usuraria, porque no se explicó antes de contratar el sistema revolving, la cuota, la duración y el riesgo de deuda indefinida, con devolución de todos los intereses. Y si el contrato no menciona la TAE, solo se debe el interés legal (art. 21 de la Ley de crédito al consumo).

Antes de reclamar

Lo que no es automático

No todo interés alto es usura: el propio Supremo desestimó en 2023 una tarjeta al 23,9 por ciento porque el tipo medio de aquel año rondaba el 20. Sobre micropréstamos a muy corto plazo no hay doctrina todavía: el Supremo admitió un recurso en septiembre de 2026 y está pendiente. Puedes hacer una primera comprobación con nuestra calculadora de usura.

Cómo trabajamos

Qué hacemos en tu caso

Estudio

Pedimos a la entidad el contrato y el extracto, calculamos la TAE real y la comparamos con su fecha.

Reclamación

Requerimiento a la financiera. Muchas ofrecen acuerdo aquí.

Demanda

Nulidad y devolución de lo pagado por encima del capital, con intereses.

Cobro

Liquidación y, si no paga, ejecución.

Honorarios

Qué cuesta

Presupuesto cerrado por fases, por escrito: estudio, reclamación previa, demanda y ejecución. Si la entidad acepta en la fase previa, solo se paga esa. Las costas, si las hay, se destinan a cubrir los honorarios conforme a la hoja de encargo.

Cómo fijamos los honorarios →

Documentación

Qué necesitamos ver

  • Contrato de la tarjeta, préstamo o financiación, si lo tienes
  • Extractos o cuadro de amortización
  • Respuestas de la entidad y, si te han demandado, los papeles del juzgado
Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan

Pedí 350 euros y me reclaman más de 1.000, ¿es legal?

Depende de la TAE frente al tipo medio de su fecha. Si es usurario, solo debes los 350 menos lo ya pagado.

No tengo el contrato, ¿puedo reclamar?

Sí. La entidad está obligada a entregártelo. Empezamos por pedírselo.

Mi tarjeta tiene un 21 por ciento, ¿es usuraria?

Puede no serlo y aun así ser reclamable por falta de transparencia, con devolución de los intereses.

La financiera ya me ha demandado, ¿llego tarde?

No. En el monitorio tienes veinte días para oponerte y en la ejecución de una póliza, diez. Lo urgente es no dejar pasar el plazo.

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Información general basada en la ley vigente y en sentencias leídas en su texto íntegro. Revisada el 15 de octubre de 2026. No sustituye al estudio de cada asunto.

Envíanos el contrato o el extracto

Te decimos en 24 a 48 horas laborables si es reclamable y cuánto puedes recuperar.

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