Derecho bancario

Quiero reclamar al banco y no sé por dónde empezar

Primero, reclamación escrita al servicio de atención al cliente del banco, que debe contestar en un mes. Si no responde o no te da la razón, Banco de España o demanda. Si reclamas bien y el banco cede después en el juzgado, paga las costas.

Lo que dice la ley

Los pasos y sus plazos

La Ley 44/2002, en la redacción de diciembre de 2025, obliga al banco a resolver la reclamación en un mes (arts. 29.5 y 29 bis.3). Si el banco tiene defensor de la clientela, su decisión favorable al cliente obliga a la entidad (art. 29.2). Pasado el mes sin respuesta, o con respuesta desestimatoria, puedes reclamar al Banco de España (art. 30.3), que emite informe en noventa días naturales. Ese informe no obliga al banco ni se recurre (art. 30.2), pero pesa en un juicio posterior.

La reclamación previa interrumpe los plazos de las acciones (art. 5.4 de la Orden ECC/2502/2012) y sirve como negociación previa a la demanda. Si el banco se allana después de un requerimiento no atendido, carga con las costas (art. 395 LEC): el Supremo lo aplicó a Caixabank el 26 de febrero de 2026 y, en Pleno, a una caja rural el 25 de abril de 2024.

El juzgado es la vía que obliga de verdad. En la mayoría de reclamaciones bancarias de consumidores el procedimiento es el juicio verbal y, si se gana, el banco paga las costas.

Antes de reclamar

Cuándo la cosa cambia

El Supremo ha exonerado de costas al banco que atendió el requerimiento en plazo o al que se le dio un plazo irreal de 48 horas. La reclamación tiene que estar bien hecha: por escrito, con la petición concreta y un plazo razonable.

No existe todavía la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero que anunciaron las leyes: hoy el organismo es el Banco de España, y para seguros y fondos la Dirección General de Seguros y la CNMV.

Cómo trabajamos

Qué hacemos en tu caso

Estudio

Te decimos qué reclamar, a quién y con qué probabilidad, con los números delante.

Reclamación

Escrito al banco con la petición concreta. Vale como negociación previa a la demanda.

Banco de España

Si conviene, reclamación con la documentación ordenada.

Demanda

Juicio verbal u ordinario según el importe, con petición de costas.

Honorarios

Qué cuesta

Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar, por fases: estudio, reclamación previa y demanda. En asuntos bancarios, honorario fijo por fases con provisión y un complemento por éxito. Si el juzgado condena en costas al banco, se destinan a cubrir los honorarios conforme a la hoja de encargo.

Cómo fijamos los honorarios →

Documentación

Qué necesitamos ver

  • Contrato o escritura y extractos del producto
  • Reclamaciones hechas y respuestas del banco
  • Comunicaciones del banco sobre el problema
  • DNI del titular y, si hay varios, de todos
Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan

¿Cuánto tarda el banco en contestar?

Un mes como máximo. Si no contesta, puedes ir al Banco de España o al juzgado.

¿Sirve de algo el Banco de España?

Su informe no obliga al banco, pero muchos bancos rectifican y, si no, el informe favorable ayuda en el juicio.

¿Puedo ir directo al juzgado?

La ley exige intentar antes una negociación. La reclamación escrita al banco cumple ese requisito.

¿Quién paga las costas?

Si el banco pierde o se allana tras tu reclamación, el banco. Si la reclamación previa estuvo mal hecha, puede librarse.

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Otros problemas parecidos

Información general basada en la ley vigente y en sentencias leídas en su texto íntegro. Revisada el 15 de octubre de 2026. No sustituye al estudio de cada asunto.

Cuéntanos qué te ha hecho el banco

Envíanos el contrato y lo que te hayan contestado y te decimos en 24 a 48 horas laborables cómo reclamar.

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